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LEGISLACIÓN 

UNITEC

INGRID ABIGAIL CORTEZ HERNANDEZ


           

Certificación de locutores

 

La DGTVE es responsable del Registro Nacional de Locutores con Certificado de Aptitud, una tarea muy específica, pero de gran importancia, que es realizada por un departamento dedicado exclusivamente a dicha labor.

En este apartado encontrarás la siguiente información:

 Requisitos para obtener: 1) certificado de locutor; 2) certificado de cronista o comentarista; 3) permiso provisional; 4) permisos para animadores menores de edad; 5) expedición de duplicado de certificado.
 
Procedimiento.
 
Tarifas vigentes.
 
Formato para solicitud de certificado.
 
Ejemplo para el llenado del formato 5 del SAT-SHCP.

Requisitos

Locutor

Para obtener el certificado de locutor es necesario presentar o enviar por correo certificado en original y copia, los siguientes documentos:

1. Acta de nacimiento, pasaporte o carta de naturalización;
2. Certificado de estudios de bachillerato o secundaria para categoría "A" o "B", respectivamente. Si realizaste estudios en el extranjero, dictamen de equivalencia expedido por la Dirección General de Incorporación, Revalidación y Equivalencias de estudios de la Secretaría de Educación Pública.
Secundaria, tel. 5628-89-03 ext. 13277
Bachillerato o Profesional, tel. 5230-75-00 ext. 19884 y 19885.
3. Cuatro fotografías tamaño credencial, ovaladas, de frente.
4. Constancia de alguna difusora que acredite tu práctica actual o anterior como locutor, firmada por el concesionario, permisionario, gerente o director general.
5. Comprobante de pago de los derechos respectivos (consultar
tarifas).

En caso de tratarse de una persona de otra nacionalidad distinta a la mexicana, deberá, adicionalmente contar con la autorización de la Secretaría de Gobernación (FM-2), la cual es de carácter transitorio (Art. 85 de la Ley Federal de Radio y Televisión).

 

 

Cronista o comentarista

Para obtener el certificado de cronista o comentarista es necesario presentar o enviar por correo certificado en original y copia, los siguientes documentos:

1. Acta de nacimiento, pasaporte o carta de naturalización.
2. Título o cédula profesional, o bien certificado de bachillerato y dos cartas de instituciones reconocidas que acrediten tus conocimientos en la materia de que se trate.
3. Cuatro fotografías tamaño credencial, ovaladas, de frente.
4. Constancia de alguna difusora que acredite tu práctica actual o anterior, como cronista o comentarista.
5. Comprobante de pago de los derechos respectivos (consultar
tarifas).

Permiso provisional

En caso de requerir un permiso provisional, será necesario, además de los documentos señalados para locutor, cronista o comentarista:

1. Carta anuencia de la difusora responsabilizándose de tus prácticas como locutor, cronista o comentarista.
2. Comprobante de pago de los derechos respectivos (consultar
tarifas).

Para animadores menores de edad

En el caso de animador infantil, su representante legal deberá cumplir con los requisitos del permiso provisional, y además:

1. Acta de nacimiento del menor.
2. Comprobante del último grado de estudios del interesado.
3. Carta autorización de los padres o tutores.
4. Cuatro fotografías tamaño credencial, ovaladas, de frente.

Expedición de duplicado de certificado

1. El(la) interesad@ deberá solicitarlo por escrito, mencionando el número de certificado y fecha de expedición.
2. Actualización de datos personales.
3. Dos fotografías tamaño credencial, ovaladas de frente.
4. Comprobante de pago de los derechos correspondientes (consultar
tarifas).

Procedimiento

Los documentos deberán enviarse por correo certificado o entregarse personalmente en:

 


Dirección General de Televisión Educativa
Departamento de Certificación para Locutores de Radio y Televisión
Calzada Circunvalación s/n. Esq. Tabiqueros, Col. Morelos,
Delegación Venustiano Carranza,
C.P. 15270, México, D.F.
Teléfono: 5328-1097 ext. 24659 y 24660. Larga distancia sin costo 01 800 7102770 y 01 800 5014900.
Fax: 53281097 ext. 24661
Correo electrónico:
cerloc@sep.gob.mx

Notas:

 Con objeto de salvaguardar la seguridad de los originales, pueden enviar copias certificadas ante notario público.
  Los originales se utilizarán para cotejo y serán devueltos a la brevedad.

 

El certificado será expedido dentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la documentación completa.
  Los certificados de cronistas o comentaristas sólo podrán expedirse a ciudadanos de nacionalidad mexicana (Art. 89 de la Ley Federal de Radio y Televisión).

Tarifas

Permiso provisional de práctica de locución

$398.00

Expedición de certificados:

a) de locutor

$300.00

b) de cronista o comentarista

$494.00

Expedición de duplicados:

a) de locutor

$300.00

b) de cronista o comentarista

$494.00

** Tarifas vigentes a partir del 1° de enero del 2003 publicadas en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y la Ley Federal de Cinematografía en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre de 2002.

 

 

(Tarifas en pesos mexicanos)

Los pagos se efectuarán con el formato SAT-SHCP-5 en cualquier sucursal bancaria del país. Estas tarifas de servicios educativos están sujetas a ajustes trimestrales por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en la Ley Federal de Derechos, Art. 186, Fracciones XVI, XIX y XX.